![]() |
La Ley 25/88, de 29 de Julio, de Carreteras, en su art�culo 4, establece que la Red de Carreteras del Estado podr� modificarse mediante Real Decreto, a propuesta del Ministerio de Fomento, por cambio de titularidad de carreteras existentes en virtud de acuerdo mutuo de las Administraciones p�blicas interesadas.
La Orden del Ministerio de Fomento, de 26 de mayo de 1997, declara urgente y de excepcional inter�s p�blico la construcci�n de la autov�a de circunvalaci�n de Madrid, M-50, que es un elemento fundamental para facilitar la comunicaci�n de las principales carreteras radiales de Madrid y mejorar los accesos al aeropuerto, as� como para permitir los desplazamientos no radiales del �rea periurbana y evitar la congesti�n del viario interior metropolitano, por lo que tambi�n resulta de singular inter�s de la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid y el Ministerio de Fomento se hallan interesados en posibilitar la utilizaci�n de los dos tramos construidos por la Comunidad de Madrid que tienen su desarrollo entre la radial N-IV y la carretera de la Comunidad M-409 (eje Culebro) y entre la carretera auton�mica M-503 y la radial N-VI (eje Pinar), como calzadas de la futura autov�a de circunvalaci�n de Madrid M-50, a la vista de sus caracter�sticas, localizaci�n y funcionalidad.
En consecuencia, procede llevar a cabo el cambio de titularidad de los tramos de la autov�a de circunvalaci�n de Madrid, M-50, construidos por la Comunidad de Madrid al �mbito de la Administraci�n del Estado.
Las Administraciones p�blicas interesadas adoptaron al respecto el oportuno Acuerdo, el d�a 23 de septiembre de 1999, en los t�rminos que figuran en el anexo al presente Real Decreto.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Fomento y previa deliberaci�n del Consejo de Ministros en su reuni�n del d�a 3 de diciembre de 1999,
DISPONGO:
Se aprueba el Acuerdo, adoptado en fecha 23 de septiembre de 1999, por el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid, sobre el cambio de titularidad de los tramos de la carretera "Autov�a de circunvalaci�n de Madrid M-50", que se transcribe como anexo del presente Real Decreto.
Quedan incluidos en el Cat�logo de la Red de Carreteras del Estado los tramos de la autov�a de circunvalaci�n de Madrid, M-50, que tienen su desarrollo entre la radial N-IV y la carretera de la Comunidad M-409 (eje Culebro) y entre la carretera auton�mica M-503 y la radial N-VI (eje Pinar).
El presente Real Decreto ser� publicado simult�neamente en el "Bolet�n Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial de la Comunidad de Madrid". adquiriendo vigencia a partir de su publicaci�n.
Dado en Madrid a 3 de diciembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Fomento,
RAFAEL ARIAS SALGADO MONTALVO
En Madrid, a veintitr�s de septiembre de mil novecientos noventa y nueve.
De una parte, el excelent�simo se�or don Rafael Arias-Salgado Montalvo, Ministro de Fomento, en representaci�n de la Administraci�n del Estado.
Y de otra parte, el excelent�simo se�or don Alberto Ruiz-Gallard�n Jim�nez, Presidente de la Comunidad de Madrid, en virtud de lo establecido en el art�culo 4.2 de la Ley 8/99, de 9 de abril, de Adecuaci�n de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/99, de 13 de enero.
Reconoci�ndose ambas partes mutua y rec�procamente la representaci�n en la que act�en.
La Orden del Ministerio de Fomento de 26 de mayo de 1997 declara urgente y de excepcional inter�s p�blico la construcci�n de la autov�a de circunvalaci�n de Madrid, M-50, que es un elemento fundamental para facilitar la comunicaci�n de las principales carreteras radiales de Madrid y mejorar los accesos al aeropuerto, as� como para permitir los desplazamientos no radiales del �rea periurbana y evitar la congesti�n del viario interior metropolitano, por lo que tambi�n resulta de singular inter�s de la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid y el Ministerio de Fomento se hallan interesados en posibilitar la utilizaci�n de los dos tramos construidos por la Comunidad de Madrid, que se describen en los anexos I y II que tienen su desarrollo entre la radial N-IV y la carretera de la Comunidad M-409 (eje del culebro) y entre la carretera auton�mica M-503 y la radial N-VI (eje pinar), como calzadas de la futura autov�a de circunvalaci�n de Madrid M-50, a la vista de sus caracter�sticas, localizaci�n y funcionalidad.
El convenio de colaboraci�n entre el Ministerio de Obras P�blicas, Transportes y Medio Ambiente, actual Ministerio de Fomento, y la Comunidad de Madrid, firmado el 29 de junio de 1994, regula en su cl�usula novena el traspaso de la titularidad de las carreteras afectadas por las obras incluidas en el convenio. En particular, los tramos construidos por la Comunidad de Madrid.
El art�culo 4.1 de la Ley 25/88, de 29 de julio, de Carreteras, define como carreteras estatales las integradas en un itinerario de inter�s general o cuya funci�n en el sistema de transporte afecte a m�s de una Comunidad Aut�noma. Dado que la denominada M-50 establece la conexi�n entre todas las carreteras nacionales radiales que enlazan la Comunidad de Madrid con el resto de Comunidades Aut�nomas, constituye una autov�a de competencia estatal, por lo que procede tramitar el cambio de titularidad de los mencionados tramos construidos por la Comunidad de Madrid, para su integraci�n en la Red de Carreteras del Estado.
El art�culo 4.2.1 de la citada Ley 25/88 dispone que "la Red de Carreteras del Estado... podr� modificarse mediante Real Decreto, a propuesta del Ministro de Obras P�blicas y Urbanismo... por cambio de titularidad de carreteras existentes en virtud de acuerdo mutuo de las Administraciones P�blicas interesadas". El procedimiento para tramitar dicho cambio de titularidad se regula por el art�culo 12 del Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/94, de 2 de septiembre, que exige la incoaci�n y tramitaci�n del correspondiente expediente por la Direcci�n General de Carreteras, instruido el cual, "con el acuerdo de las Administraciones interesadas, se elevar� por el Ministro" -actualmente de Fomento- "para su aprobaci�n por Real Decreto y consiguiente modificaci�n de la Red de Carreteras del Estado", debi�ndose formalizar el cambio de titularidad "mediante acta de entrega suscrita por las Administraciones interesadas, en la que se definir�n con precisi�n los l�mites del tramo afectado y bienes anejos".
El art�culo 10.3� del Reglamento de la Ley de Carreteras de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 29/93, de 11 de marzo, atribuye a la Consejer�a -actualmente denominada de Obras P�blicas, Urbanismo y Transporte- la competencia para "aprobar el cambio de titularidad de las carreteras, previo acuerdo expreso de las Administraciones p�blicas afectadas".
En virtud de lo expuesto, ambas partes
Prestar su conformidad al cambio de titularidad de los tramos de carretera auton�mica denominados eje del Culebro y eje Pinar que se describen en los anexos al presente Acuerdo, en favor de la Administraci�n del Estado.
El expediente se elevar� al Gobierno para su aprobaci�n por Real Decreto y consiguiente modificaci�n de la Red de Carreteras del Estado y se someter�, igualmente, a la aprobaci�n de la Consejer�a de Obras P�blicas, Urbanismo y Transportes.
El cambio de titularidad ser� efectivo a partir del d�a en que se formalice el acta de entrega de los tramos afectados prevista en el art�culo 12.3 del Reglamento General de Carreteras.
El Ministro de Fomento, Rafael Arias-Salgado Montalvo.- El Presidente de la Comunidad de Madrid, Alberto Ruiz-Gallard�n Jim�nez.
Este tramo se desarrolla entre la radial N-IV (punto kilom�trico 17) y la carretera de la Comunidad N-409 (punto kilom�trico 1,500). En su desarrollo cruza la radial N-401, Toledo, en su punto kilom�trico 16,700. La longitud del tramo es de 9,5 kil�metros.
A lo largo del desarrollo del eje del Culebro, existen los siguientes enlaces:
El firme de este tramo de la futura M-50 es de tipo r�gido, con losa de hormig�n para tr�fico T-0.
La secci�n transversal consta de tres carriles por sentido de 3,50 metros cada uno, con arcenes exteriores de 1,50 metros, e interiores de 1,00 metro. A lo largo de todo el tramo existe mediana de 10 metros de ancho, excepto en el viaducto de Cantorredondo.
En aquellos tramos donde existe desarrollo urban�stico, se han construido v�as de servicio. As� ocurre entre la N-401 y la estructura del enlace de Cantorredondo, y entre la N-IV y la v�a del tren de alta velocidad Andaluc�a.
Estructuras importantes adem�s de las correspondientes a los enlaces, se encuentran dos pasos sobre el ferrocarril en el tramo comprendido entre la N-IV y la N-401 y un paso superior entre la N-401 y el enlace de Cantorredondo, que da acceso al Sector 3 de Getafe. Cabe destacar la estructura del enlace con la N-IV que se trata de un tipo arco con apoyos a 10 metros de profundidad y 15 metros del estribo, de hormig�n pretensado y la de Cantorredondo es una estructura hiperest�tica de 60 metros de luz.
Este tramo de la futura M-50 comienza su desarrollo en la carretera regional M-503, donde en un futuro acceder� el tramo de la M-50 procedente del sur con destino a la N-VI. Contin�a el tramo cruzando la carretera M-509 y la M-505 para terminar en la N-VI en su punto kilom�trico 22.
A lo largo del tramo existen enlaces actualmente tipo diamante con la M-503, enlace tambi�n tipo diamante con pesas con la M-509, carretera de Majadahonda a Villanueva del Pardillo, enlace tipo tr�bol completo con la M-505 de Las Rozas a El Escorial y enlace tipo trompeta con la radial N-VI.
En este tramo de la M-50 existen v�as de servicio entre el camino de Mataborricos, perteneciente al Ayuntamiento de Las Rozas, y la N-VI; v�as de servicio que dan accesibilidad a los desarrollos existentes en ambas m�rgenes de la M-50, existiendo dos estructuras gemelas para realizar los giros a la izquierda.
La secci�n transversal de este tramo de M-50 consta de dos calzadas de dos carriles cada una, con mediana de 10 metros que permite la ampliaci�n a un tercer carril por calzada utilizando dicha mediana.
El firme es de tipo flexible, con mezcla bituminosa, para tr�fico T-0.
Adem�s de las estructuras correspondientes a los enlaces, existe un paso sobre las tuber�as de Picadas del Canal de Isabel II y otra sobre el indicado anteriormente camino de Mataborricos, v�a perteneciente al Ayuntamiento de Las Rozas. Como estructura singular cabe destacar la perteneciente al enlace con la M-505.
La longitud del tramo es de 8,200 kil�metros.