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La Ley de Carreteras de la Comunidad de Madrid, de 7 de marzo de 1991, fue promulgada al asumir la Comunidad de Madrid sus competencias plenas en materia de carreteras cuyos itinerarios se desarrollen �ntegramente en su �mbito territorial, y que fueron transferidas en virtud del Real Decreto 946/84, de 11 de abril, por el que se lleva a la pr�ctica la transferencia de las carreteras estatales que pasan a depender de la Comunidad de Madrid, que a su vez se hace cargo de la antigua red de carreteras de la extinta Diputaci�n de Madrid.
Definida legalmente la red viaria de la Comunidad de Madrid y regulada la planificaci�n, proyecci�n, construcci�n, conservaci�n, financiaci�n, uso y explotaci�n de la misma, en el marco de su relaci�n con la ordenaci�n territorial, el planeamiento urban�stico y el transporte, procede ahora desarrollar los preceptos de la Ley para su correcta ejecuci�n dentro del plazo se�alado en la Disposici�n Adicional Sexta de la misma.
Con la normativa que ahora se establece, se pretende, adem�s, afinar conceptualmente los aspectos de las definiciones que la Ley de Carreteras ha dejado sin completar o confiadas al Reglamento.
Se fijan las competencias ejecutorias de la Comunidad de Madrid en relaci�n con otras Administraciones P�blicas.
Igualmente, se precisa el importe de las distintas sanciones ya dise�adas en la Ley, y atiende a aspectos jur�dicos de ejecuci�n de las responsabilidades administrativas en relaci�n con el demanio vial.
Finalmente, en el marco de las competencias plenas que a la Comunidad de Madrid, le atribuyen los art�culos 148.1.5 de la Constituci�n y 26.5 de su Estatuto de Autonom�a en materia de carreteras, se comprenden, tambi�n, las funciones de aplicaci�n de las regulaciones europeas comunitarias que, en base a su competencia estatutaria material, han de ser ejercidas por esta Comunidad de Madrid.
En su virtud, a propuesta del excelent�simo se�or Consejero de Transportes y, previa deliberaci�n del Consejo de Gobierno en su reuni�n del d�a 11 de marzo de 1993,
DISPONGO
Se aprueba el adjunto Reglamento regulador de la Ley 3/91, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid.
Dado en Madrid, a 11 de marzo de 1993
El Consejero de Transportes,
JULIAN REVENGA
El Presidente,
JOAQUIN LEGUINA