91. Giros a la izquierda.

Para la realizaci�n de giros a la izquierda, de entrada o salida de la v�a de servicio, no ser� exigible ninguna disposici�n especial, siempre que la IMD no supere los 5.000 veh�culos.

Cuando la IMD en la v�a de servicio supere los 5.000 veh�culos, no se permitir� el cruce de ning�n carril en el acceso, adopt�ndose una disposici�n f�sica (bordillos en isletas, etc.), que impidan los giros y cruces de carriles.

Por otro lado cuando la IMD en la v�a de servicio supere los 3.000 veh�culos y la IMD en la v�a secundaria supere los 1.000 veh�culos, se dispondr� la intersecci�n entre ambas en forma de glorieta cerrada o a distinto nivel.