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Salvo que se ubiquen en un �rea de servicio, los accesos a instalaciones de servicios situadas junto a una autopista, autov�a o v�a r�pida, nuevas carreteras y variantes se realizar�n siempre a trav�s de una v�a de servicio.
Las conexiones de una carretera estatal con las v�as de servicio de la propia carretera tienen la consideraci�n de accesos.