5. Informes sobre accesos en planeamiento urban�stico.

Los informes relativos a la redacci�n, revisi�n o modificaci�n de un instrumento de planeamiento urban�stico, a los que se refieren los art�culos 10.2 de la Ley de Carreteras y 21.1 del Reglamento General de Carreteras, se ajustar�n a lo previsto en la presente norma, con respecto a los accesos a las carreteras estatales que el planeamiento prevea.