23. Prohibiciones.
Queda prohibido al interesado:
- Interceptar en ning�n momento los desag�es de la carretera.
- Llevar las aguas residuales a las cunetas o m�rgenes de la carretera.
- Depositar materiales o escombros en la explanaci�n, cunetas o m�rgenes.
- Cambiar la disposici�n de las instalaciones, modificarlas o ampliarlas sin previa
autorizaci�n.
- Instalar anuncios o se�ales de forma o colores que puedan inducir a confusi�n con las
se�ales de circulaci�n u ocultar �stas, si�ndole de aplicaci�n la prohibici�n sobre
publicidad establecida en el art�culo 24
de la Ley de Carreteras y la Secci�n V,
Publicidad, del Cap�tulo I, T�tulo III del Reglamento General de Carreteras.