14. Compatibilidad en la utilizaci�n de los accesos.

La autorizaci�n de los accesos no implicar� exclusividad en ning�n caso pudiendo imponer la Direcci�n General de Carreteras las limitaciones de uso y condicionamientos que considere necesarios o convenientes, incluso la compatibilidad y la extensi�n a otros usuarios. En su caso se proceder� por cuenta del solicitante a la reordenaci�n de los accesos existentes que sean afectados por las obras del acceso, v�a de servicio o instalaciones de servicios.